ABUSIVIDAD DE LAS TARJETAS REVOLVING
El Tribunal Supremo dice que la abusividad es por la tasa anual equivalente media (TAE, que incluye no solo el tipo de interés nominal sino también comisiones y gastos) de las tarjetas revolving que la media está en el 25,2% por financiar compras, y del 29,63% por disponer de efectivo en cajeros o en cuenta corriente.
Desde entonces, la jurisprudencia ha ido cambiando, y nosotros cambiando también el planteamiento de nuestras demandas con ella.