Servicios Jurídicos & Contratos Internacionales
¿TIENES CLIENTES O PROVEEDORES EN EL EXTRANJERO?
Deberíamos saber que en el Derecho Internacional Privado moderno se admite como regla general para la determinación de la ley aplicable a los contratos internacionales, la autonomía de la voluntad, así dispone el Reglamento 593/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio (Roma I), que dice en su artículo 3 apartado 1.
Los contratos se regirán por la ley elegida por las partes. Esta elección deberá ser expresa.
Se puede designar que una ley sea aplicable a una parte del contrato y otra al resto del mismo.
ESTUDIAMOS LA LEY DE CADA PAÍS EN FUNCIÓN DEL NEGOCIO CONTRACTUAL
Cuando estamos inmersos en conversaciones de negocio con una mercantil de otro País, es necesario estar asesorado respecto a las leyes del producto u/o sector objeto de ese negocio.
En VRL Abogados, le ayudamos a ponerse al día sobre sus intenciones de negocio, llevaremos a cabo un estudio minucioso de la ley del país extranjero, e intentaremos elegir la mejor ley aplicable para nuestro cliente, llevando a cabo una negociación con la mercantil correspondiente para pactar la ley que va a regir el contrato.

IMPOSIBILIDAD DE PACTO SOBRE LA LEY APLICABLE
Os garantizamos estudio y constancia para intentar elegir la normativa más adecuada según vuestros intereses.

TIPOS DE CONTRATOS BUSINESS
Garantizamos rapidez y seguridad en vuestro negocio en el extranjero.
- Contratos de transporte.
- Contratos de mercaderías.
- Contratos de prestación de servicios.
- Contratos de seguros.
- Contratos de consumo.
- Contratos sectores específicos; derecho del petróleo, gas, energías, etc…
